La legislación y normativa estatal de las peluquerías y centros de estética está regida por el Convenio Colectivo de Trabajo para Peluquerías, Institutos de Belleza y Gimnasios 2008-2010, por el que se regulan las condiciones de trabajo de aquellas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, cuya actividad sea la de peluquerías, salones de manicura, pedicura y depilación, institutos de belleza y gabinetes de estética, y establecimientos de baños, saunas y gimnasios. Se trata de una resolución de la Dirección General de Trabajo de 12 de noviembre de 2008 que fue publicada en el BOE número 293 de 5 de diciembre de 2008.
También aplica a las peluquerías y centros de estética la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre de 1995, publicada en el BOE número 269 de 10 de noviembre de 1995.
Centros de estética y peluquerías
Información sobre centros de estética, peluquerías, salones de manicura, pedicura y depilación, institutos de belleza, gabinetes de estética, centros capilares, centros de bronceado, centros de tatuaje y centros de anillado. Cómo elegir el color de pelo y la coloración del cabello que mejor nos sienta.
Montar una peluquería o centro de estética: licencias y autorizaciones necesarias para empezar la actividad
Antes de empezar a ejercer la actividad en una peluquería o centro de estética es necesario que el Ayuntamiento correspondiente al municipio en el que vamos a instalar nuestro negocio nos otorgue la Licencia de Apertura y Funcionamiento. Para solicitar esta licencia es necesario preparar un proyecto que deberá está firmado por un Arquitecto Técnico.
Conviene saber que la localización, situación y uso de los locales destinados a las actividades propias de una peluquería o un centro de estética estarán regidos por la afinidad de usos que establecerá el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento correspondiente.
Conviene saber que la localización, situación y uso de los locales destinados a las actividades propias de una peluquería o un centro de estética estarán regidos por la afinidad de usos que establecerá el Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento correspondiente.
Montar una peluquería o centro de estética: requisitos del local y las instalaciones
Atendiendo a la normativa legal relativa a peluquerías, institutos de belleza y otros servicios de estética las condiciones del local y de las instalaciones deben cumplir, con carácter general, con los siguientes requisitos:
Existirán zonas de almacenamiento debidamente separadas para productos cosméticos, productos y utensilios de limpieza, y lencería.
Todos los establecimientos deben tener un armario botiquín de primeros auxilios, dicho botiquín debe estar debidamente dotado y localizado en un lugar fácilmente accesible.
La ventilación del local puede ser natural o forzada, pero siempre apropiada al tamaño y la capacidad del local, así como a la actividad a la que está destinado.
La iluminación del establecimiento puede ser natural o artificial, pero siempre de acuerdo con las respectivas legislaciones vigentes.
Los establecimientos tendrán colgadores, taquillas o vestuarios para uso exclusivo del personal. Las peluquerías, centros de tatuaje, de broceado y capilares, dispondrán del mobiliario adecuado para que los cliente puedan depositar la ropa y/o el calzado. Los institutos de belleza dispondrán de vestuarios o cabinas de uso individual para uso exclusivo de clientes.
Existirán zonas de almacenamiento debidamente separadas para productos cosméticos, productos y utensilios de limpieza, y lencería.
Todos los establecimientos deben tener un armario botiquín de primeros auxilios, dicho botiquín debe estar debidamente dotado y localizado en un lugar fácilmente accesible.
La ventilación del local puede ser natural o forzada, pero siempre apropiada al tamaño y la capacidad del local, así como a la actividad a la que está destinado.
La iluminación del establecimiento puede ser natural o artificial, pero siempre de acuerdo con las respectivas legislaciones vigentes.
Los establecimientos tendrán colgadores, taquillas o vestuarios para uso exclusivo del personal. Las peluquerías, centros de tatuaje, de broceado y capilares, dispondrán del mobiliario adecuado para que los cliente puedan depositar la ropa y/o el calzado. Los institutos de belleza dispondrán de vestuarios o cabinas de uso individual para uso exclusivo de clientes.
Montar una peluquería o centro de estética: requisitos de los útiles, productos y lencería
En una peluquería o centro de estética, todos los materiales, utensilios y herramientas de trabajo que entren, por cualquier causa, en contacto con la piel de los clientes, deberán someterse previamente a las medidas higiénicas necesarias que garanticen su inocuidad. Si se necesita utilizar material que, antes de su uso, deba estar estéril y dicho material no es desechable (como por ejemplo corta cutículas, cortaúñas, accesorios para tatuar, etcétera), dicho material debe someterse a los pertinentes procesos de limpieza, empaquetado, esterilización y almacenaje. El autoclave es el aparato que debe utilizarse para realizar la correspondiente esterilización, dicho autoclave debe disponer de los oportunos controles de presión y temperatura.
El color del cabello
Nuestro cabello cuenta con la presencia de un par de sustancias químicas que son las responsables del color natural de nuestro pelo, la eumelanina y la feomelanina. Cuanto mayor sea la cantidad de melanina, más oscuro será el color del pelo. Pero este artículo no pretende informar acerca de porque los humanos presentamos diferentes tonalidades y colores en el cabello, sino que su objetivo es ayudarte a que elijas el color de pelo que resulte más adecuado a la estética de tu rostro, a que selecciones el color del cabello que más te favorece. Seguro que en alguna ocasión te has teñido el pelo de algún color que no te favorecía en absoluto, después de leer este artículo espero que esto no te vuelva a ocurrir.
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